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Documentos acerca de la
discriminación racial en la
Alemania nazi
Tesis acerca del espíritu no alemán*
“Nuestro enemigo más peligroso es el judío y estamos subordinados a él. El judío es capaz de pensar solamente de manera judía. Cuando escribe alemán miente. El alemán que escribe alemán pero piensa en un modo no alemán, es un traidor […]
Está permitido escribir alemán solamente a los alemanes, ¡el espíritu alemán está expulsado de las bibliotecas públicas!”
[Texto tomado de: Michman, Dan; Bauer, Yehuda; Baumel, Judy; Weitz, Yechiam, El Holocausto, un estudio histórico.]
Párrafo de ariedad*
2. (al 3.) (1) Se considera como no ario a quien no sea de origen ario, especialmente si tiene padres o abuelos judíos. Basta con que uno de sus padres o de sus abuelos sea no ario. Esto se aplica especialmente cuando el padres o el abuelo pertenezca a la fe judía.
(2) Si un funcionario no se encontraba a su cargo el 1 de agosto de 1914, deberá probar que pertenece a la raza aria, o que combatió en el frente, o que es hijo o padre de algún caído en el campo de batalla durante la Gran Guerra. Es necesario presentar esta prueba mediante documentación: acta de nacimiento, acta de matrimonio de los padres, certificado del ejército.
(3) Si el origen ario se presta a duda, es necesario obtener la opinión del especialista en la investigación de la raza del Ministerio del Interior
[Texto tomado de: Michman, Dan; Bauer, Yehuda; Baumel, Judy; Weitz, Yechiam, El Holocausto, un estudio histórico.]
Retiro
de autorización para ejercer como abogado por no pertenecer a la raza aria*
El presidente del tribunal cameral
Berlín Oeste 57, 19 de junio de 1933
Elßholzstra∫ße 32
Te.: Número común B 7 Pallas 0013
Expediente N° 9.C108/D.12
(Se ruega indicar el número de expediente que antecede para todo trámite)
Dirigido/a a:
Sr. Abogado Dr. Harry Cohn
Berlín Oeste 56
Schinkelplatz 1/2
Por resolución del Sr. Ministro de Justicia de Prusia del 9 de junio de 1933 ha sido revocada su habilitación para ejercer la profesión de abogado ante los tres Tribunales Estaduales en Berlín según el Art. 1, inc. 1 de la Ley sobre la Habilitación de Abogados del 7.4.1933 –RGB1.I Pág. 188– por no ser Ud. de ascendencia aria.
En representación
Fdo.
Vicepresidente del Tribunal Cameral
Es traducción
* Los párrafos transcriptos arriba han sido tomados
del libro de la Dra. Elena Levin, “Historias de un emigración (1933-1939) -
Alemanes judíos en la Argentina”, Bs. As., 1991.